Ajuste de Estatus
(Solicitud de residencia dentro de los Estados Unidos)

¿Fue usted autorizado(a) para ingresar a los Estados Unidos? En caso afirmativo, puede ser elegible para el ajuste de estatus sin tener que salir del país. Si su cónyuge o hijo/hija mayor de 21 años es ciudadano(a) estadounidense, podría solicitar un ajuste de estatus a través de una petición familiar. Nuestra oficina preparará su solicitud y le guiará en cada paso del proceso. Comuníquese con nosotros para ver si usted o alguno de sus allegados califica.
¿Alguien de su familia presentó una petición familiar o laboral por usted, su cónyuge o sus padres antes del 30 de abril de 2001? En caso afirmativo, puede ser elegible para solicitar un ajuste de estatus desde los Estados Unidos. Si tiene prueba de que se presentó esta petición, comuníquese con nuestra oficina para ver si califica. Si no tiene pruebas de que se presentó la petición, comuníquese con nuestra oficina para que podamos solicitar una copia de su expediente a las autoridades y así abrir su puerta a la residencia permanente.
